En abril de este año decidieron el castigo a Altamirano y su entorno
Dolor. El martes quemaron la casa del alcalde Altamirano. Fue en Ayo Ayo
Fue una acción planificada, ya que después de su secuestro, el pasado
domingo, el alcalde de Ayo Ayo apareció muerto y quemado el martes en su misma
comunidad.
Los problemas de ese municipio son fundamentalmente económicos y de denuncias
entre las partes de malos manejos y de obstaculizar la gestión de Benjamín
Altamirano.
Todo ello tiene una explicación, entre otras, en una resolución del ampliado
provincial de la Federación Sindical Única de Trabajadores Agrarios de la
provincia Aroma, que el pasado 3 de abril, ya definía la estrategia a seguir. El
documento se refiere a la llegada de 300 tractores para obras y al tema tierra,
además de acusar que “a los compañeros que encubran y sean cómplices de Benjamín
Altamirano correrán la suerte de que sean arrebatados y quemados sus bienes, más
un castigo de acuerdo a la justicia comunitaria. A los fiscales y jueces se les
tomará de rehenes y serán castigados”. Precisamente el martes ocurrió el
linchamiento de Altamirano.
Esa misma resolución manda a “quemar, chicotear y saquear los bienes de los
compañeros traidores a la provincia Aroma en cada sección municipal. Los
secretarios generales, mallkus, las subcentrales y centrales agrarias están
obligados a cumplir”.
Wilfredo Vásquez, uno de los mallkus, pidió la intervención de Felipe Quispe
para que este problema se acabe y rechazó por completo que este procedimiento se
lo compare con la justicia comunitaria. "Nosotros no matamos, no hacemos daño,
la justicia comunitaria es para construir, es sabia, es para educar a nuestra
gente".
La concejala de Ayo Ayo, Plácida Quispe Calle, pidió que se haga una profunda
investigación y defendió a Altamirano, indicando que éste en su gestión como
alcalde cumplió con presentar sus respectivos informes anuales.
Justicia comunitaria
Constitución. El artículo 171 de la CPE habla de la justicia comunitaria y
dice lo siguiente:
I. Se reconocen, se respetan y se protegen en el marco de la ley, los derechos
sociales, económicos y culturales de los pueblos indígenas que habitan en el
territorio nacional, especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de
origen, garantizando el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, a su identidad, valores, lenguas, costumbres e instituciones.
II. El Estado reconoce la personalidad jurídica de las comunidades indígenas y
campesinas y de las asociaciones y sindicatos.
III. Las autoridades naturales de las comunidades indígenas podrán ejercer
funciones de administración y aplicación de normas propias como solución
alternativa de conflictos, conforme a la CPE y a las leyes.
Norma. El Gobierno anunció que acelerará la aprobación de un Decreto Supremo
para normar la Justicia Comunitaria a fin de garantizar el Estado de derecho en
las áreas rurales.
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